Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 1998 (12/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 12 de setiembre de 1998 En uso de las facultades conferidas a traves del Decreto Supremo N" OlO-97-PE; SERESUELVE: Articulo l".- Declarar improcedente la solicitud de renovacion del plazo de instalacion y cambio de ubicacion del establecimiento industrial pesquero cuya instalacion fue autorizadaafavordelaempresaVELPERE.1.R.L. mediante Resolucion Ministerial W 196-96-PE de fecha 22 de marzo de 1996, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".-Transcribase la resente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Ipesqueria Chimbote. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero(e) 10255

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Privadas Sin Fines de Lucro, entre las cuales se encuentra la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE, quienes asumiran la res onsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos% MORDAZA la distribucion al beneficiario final, debiendo utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley N" 21942 se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas entre otros, a instituciones y organismos publicos, asi como las donadas por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas afines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran de tratamiento preferencial en el Des MORDAZA por las Aduanas de la Republica estaran es libres xe pago de derechos especificos y adiciona f consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni Licencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad alo establecido en el Decreto Legislativo N" 719, Decreto Ley N" 21942, Decretos Supremos Nos. 12791-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema No 508-93PCM, Resolucion de Contralor-fa N"038-95-CG Resolucion Ministerial W lll-97-PROMUDEH; y, estan iro alas facultades conferidas al Presidente del Conse'o Directivo en el inciso n) del Articulo 20" del Reglamento de Organizacion ' Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo d 003-9%PROMUDEH; SERESUELVE: Articulo lo.- Aceptar y aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Per& consistente en:
PUERTO: CALLAO PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR NETAS FOB BRUTAS CIF US$ UN Harina de Trigo 4,966 249.865 249.300 48,309.36 73,347.53 Lentejas 249.865 249.300 87,212.74 113,391.29 4,986 6 4 9 . 8 0 0 231,322.B 297,323.58 Arroz 12,996 651.274 Aceite Vegetal 2,706 55.644 49.994 47,093.97 53,124.07 Totales 25,676 1,206.648 1,198.394 413,938.35 537,186.47 PUERTO: SALAVERRY PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR NETAS FOB BRUTAS CIF U$ S US$ Harina de Trigo 2,174 108.947 106.700 21,063.66 31,961.11 139.150 48,006.74 62,666.45 Lentejas 2,763 139.466 39.700 13,888.32 Lentejas 794 39.790 18,057.15 Arroz 9,410 471.567 4 7 0 . 5 0 0 167,493.24 215,282.71 Aceite Vegetal 40.006 37,685.52 42,510.89 2,167 44.527 798.066 288,137.70 370,498.31 Totales 17,328 804.297 PUERTO: MATARAN1 PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR NETAS BRUTAS FOB CIF US$ US$ Harina de Trigo 4,060 204.462 204.000 39,531.07 60,019.56 Lentejas 4,571 229.068 228.550 79,535.47 103,626.74 Lentejas 50.113 50.000 17,491.52 22,741.90 1,000 Arroz 7 4 0 . 0 0 0 262,662.57 337,817.89 14,600 741.678 70.005 65945.07 74,368.98 Aceite Vegetal 3,792 77.918 Totales 28,243 1,303.239 1,292.566465,165.70698,495.06

Aceptan y aprueban donacion para ser empleada en el Programa "Seguridad Alimentaria Sostenible"
R.ESOLUCIONPRESIDENCIAL W 193-98-PRONAAIP MORDAZA, 8 de setiembre de 1998 VISTA La solicitud de la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Peru, formulada mediante Carta No CP # 050/98 de fecha 13 de MORDAZA de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves del Memorando N" 13%9%GPP-PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atencion alo solicitado por la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior CARE-Peru, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo de la nave "Thelma Collins" a los puertos de Callao, Salaverry y Matarani, trayendo alimentos correspondientes a la ayuda alimentaria para el ano 1998, para su Distribucion Directa; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno del Per& celebraron un Convenio referente a Suministros y Equipos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitacion y MORDAZA Voluntario No Lucrativas para la distribucion de productos agricolas alimenticios y la ejecucion de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el MORDAZA del instrumento citado, el 4 de junio de 1998 se suscribe el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el crobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, or el que el Gobierno Peruano, representado por el 8inisterio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), ofkialmente acepta y aprueba la donacion de aproximadamente 100,649 toneladas metricas de alimentos del GobiernoNorteamericano, de las cuales 51,100 tm se usaran en Programas de Distribucion Directa y 49,549 tm se utilizaran para Monetizacion; Que, en virtud al Articulo 1: Aceptacion de la Donacion del referido instrumento, la donacion esta sujeta ala disponibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados ylo limitar el valor total de cada reducto debido ala variacion de precios o a cualquier otro P actor que pueda afectar esta donacion; Que, en el Articulo III: Ejecucion del Pro ama del a mencionado Convenio de Donacion, se acuerr que los alimentos importados para la distribucion directa y monetizacion seran de propiedad exclusiva de cinco Organizaciones

Articulo 2°.- Em MORDAZA el referido volumen de alimentos donados en el MORDAZA Bel Programa "Seguridad Alimentaria Sostenible" que ejecuta CARE-Peru en el MORDAZA, cuyo objetivo es asegurar que las familias de extrema pobreza tengan acceso y un adecuado suministro de alimentos que reunan sus requerimientos nutricionales minimos. Articulo 3".- Encargara las Gerencias de Linea para que participen en el seguimiento de las acciones de logistica alimentaria (recepcion, almacenamiento, manejo, conservacion, transporte, distribucion y uso de los alimentos donados) que ejecuta CARE-Perti. La informacion obtenida como resultado del seguimiento efectuado sera utilizada en las evaluaciones ue realiza PRONAA, segun los terminos estipulados en el 2onvenio de