Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 1998 (08/06/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 8 de junio de 1998

FUSION S.A., hasta por el plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6º.- El Titular de la autorizacion esta obligado a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contrae el Articulo 1º, sin autorizacion previa de este Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 6125

De conformidad con los Articulos 43º inciso b) numeral 4, 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los Articulos 55º, 57º y 60º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE, la Resolucion Ministerial Nº 322-95-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA FISH S.A. autorizacion para el aumento de la capacidad de operacion de la planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Caleta Coishco, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, Region Chavin, con la siguiente capacidad proyectada: Harina de alto contenido proteinico: de 11 a 80 t/h de procesamiento de materia prima Articulo 2º.- MORDAZA FISH S.A., para el aumento de la capacidad instalada de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico debera sujetarse a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como los relativos a la higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Articulo 3º.- Otorgar el plazo de (1) un ano contado a partir de la fecha de expedida la presente resolucion, renovable por una sola vez, y por igual periodo, previa MORDAZA de la informacion relativa al avance de obras e inversion sustantiva efectuada para que la interesada concluya con la instalacion de su establecimiento industrial. Previo al inicio de su actividad productiva, solicitara la inspeccion tecnica correspondiente para la determinacion de la capacidad instalada y el consiguiente otorgamiento de la licencia de operacion. Asimismo debera cumplir con ejecutar el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorable por la Direccion del Medio Ambiente mediante Oficio Nº 326-98-PE/DIREMA de 23 de MORDAZA de 1998. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en los Articulos 2º y 3º sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 5º.- Dejar sin efecto al Resolucion Directoral Nº 042-92-PE/DGT de 13 de marzo de 1992. Articulo 6º.- Transcribase la presente resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de Chimbote, Region Chavin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero 6081

PESQUERIA
Otorgan autorizacion para el aumento de capacidad de operacion de planta de harina de pescado
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 110-98-PE/DNPP MORDAZA, 5 de junio de 1998 Visto los escritos con Registros Nºs. 010046, 05192, 08282, 12172, 15206 y 50097 de 29 de diciembre de 1994, 25 de MORDAZA, 30 de junio, 18 de setiembre, 11 de noviembre de 1997, 12 y 18 de febrero de 1998, respectivamente, presentados por MORDAZA FISH S.A. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º literal b), numeral 4 y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, el que constituye derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado; Que el Articulo 55º del Reglamento de la Ley General de Pesca, modificado por el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 09-94-PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento o transformacion de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo e indirecto, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial, y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 569-95-PE de 27 de setiembre de 1995, se otorgo a MORDAZA FISH S.A. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de harina de pescado de alto contenido proteinico, con una capacidad de 11 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Caleta de Coishco, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, Region Chavin; Que mediante los escritos del visto, la recurrente solicita se le otorgue autorizacion para el aumento de la capacidad de operacion a 80 t/h de procesamiento de materia prima, de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico a ubicarse en el establecimiento industrial citado en el considerando precedente, solicitud presentada con anterioridad a la vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 368-95-PE, que suspende la recepcion de solicitudes para aumento de la capacidad de operacion de los establecimientos industriales pesqueros para consumo humano indirecto; Que la Direccion del Medio Ambiente, mediante Oficio Nº 326-98-PE/DIREMA de 23 de MORDAZA de 1998, senala que ha recaido calificacion favorable sobre el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Control a traves de los Informes Nºs. 105-97-PE/DNPP-Dc y 051-98PE/DNPP-Dc de 20 de octubre de 1997 y 27 de MORDAZA de 1998, que sustentan la procedencia tecnica de lo solicitado, y senalan que la recurrente ha cumplido con los requisitos correspondientes al Procedimiento Nº 16, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica;

SBS
Autorizan apertura de agencia bancaria en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 529-98 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Peru, para que se regularice la apertura de su agencia ubicada en el Jr. Paruro Nº 800, del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la referida agencia ha venido realizando operaciones en el citado local durante anos; en razon a que, de acuerdo con las normas vigentes en el momento de su