Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 1998 (04/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA
ANO XVI - Nº 6553 FE DE ERRATAS
TEXTO UNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA

MORDAZA, jueves 4 de junio de 1998

Pag. 160435

CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 26964
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

(Indice General) Fe de Erratas del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Congreso de la Republica, publicado en Separata Especial del dia 30 de MORDAZA de 1998, en la pagina 160305. DICE: CAPITULO VI Procedimientos Parlamentarios DEBE DECIR: CAPITULO VI Procedimientos Parlamentarios Articulos 64º al 95º Articulos 64º al 93º

CONCEDEN PENSION DE MORDAZA A CANTANTE PERUANA
Articulo 1º.- Objeto de la Resolucion Legislativa. Concedase pension de MORDAZA equivalente a dos (2) remuneraciones minimas vitales mensuales a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado. Articulo 2º.- De la naturaleza. La pension de MORDAZA a que se refiere el Articulo Primero es personal e intransferible y no genera derecho a pension de sobrevivientes. Articulo 3º.- Del cumplimiento. El Ministerio de Educacion queda encargado del cumplimiento de la presente Resolucion Legislativa. Articulo 4º.- De la vigencia. La presente Resolucion Legislativa entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MELLADO MORDAZA Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 3 de junio de 1998 Cumplase, comuniquese, registrese, publiquese y archivese. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 6001

5999 FE DE ERRATAS LEY Nº 26961
LEY PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA

Fe de Erratas de la Ley Nº 26961, publicada en nuestra edicion del dia 3 de junio de 1998, en la pagina 160391. DICE: DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Normas reglamentarias y complementarias Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, se dictaran... DEBE DECIR: DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Normas reglamentarias y complementarias Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, se dictaran... DICE: DISPOSICIONES FINALES Tercera.- Creacion del Viceministerio de Turismo Modificase el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25831, Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, en los siguientes terminos: "Articulo 6º.- El Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales cuenta con la siguiente estructura: a) Alta Direccion: - Despacho Ministerial. - Viceministerio de Industria. - Viceministerio de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. - Secretaria General. (...)"