Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 1998 (30/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, jueves 30 de MORDAZA de 1998
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93TCC, en sus Articulos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y modificado por D.S. Nº 005-98-MTC, en sus Articulos 161º y 162º indica la informacion y documentacion que debera acompanar la persona solicitante para obtener la autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica, de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los Informes Nºs. 314-97-MTC/ 15.19.03.2. y 236-98-MTC/15.19.01., consideran procedente la solicitud de la empresa RADIODIFUSORA SAN MORDAZA E.I.R.LTDA. al haber cumplido con la informacion y documentacion exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIODIFUSORA SAN MORDAZA E.I.R.LTDA., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chinchero, provincia de Urubamba, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : BC-FM : 104.5 MHz : OBT-7K : 500 w. : 256F8E : H24 : MORDAZA Manco MORDAZA : Nº 102, Dist. : Chinchero, Prov. : Urubamba, Dpto. MORDAZA Coordenadas: L.O. 72°03´00" L.S. 13°23´30" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Dentro de los treinta (30) dias de publicada la presente resolucion, el titular de la autorizacion debera cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. Articulo 3º.- La empresa RADIODIFUSORA SAN MORDAZA E.I.R.LTDA., en su condicion de Titular de la presente autorizacion, esta obligada a solicitar la inspeccion tecnica a sus instalaciones hasta MORDAZA de los 60 dias calendario del vencimiento del periodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162º del Reglamento General mencionado, debiendo asumir los gastos de viaje y viaticos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio MORDAZA de la fecha fijada para la inspeccion. Articulo 4º.- La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el Titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguientes casos: 1º No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el Articulo 3º. 2º Si vencido el periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables. 3º Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el periodo de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalacion de los equipos. Articulo 5º.- Si la inspeccion tecnica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizacion a la empresa RADIODIFUSORA SAN MORDAZA E.I.R.LTDA., has-

ta por el plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6º.- El titular de la autorizacion esta obligado a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contraer el Articulo 1º, sin autorizacion previa de este Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones, 8325

SBS
Encargan a empresa llevar a cabo MORDAZA de liquidacion de MORDAZA rural de ahorro y credito en liquidacion
RESOLUCION SBS Nº 717-98 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 366-98 de fecha 13 de MORDAZA de 1998, se declaro en estado de disolucion y liquidacion a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Ucayali" S.A.; Que, mediante Concurso Publico para seleccionar a la Persona Juridica que se encargara de la liquidacion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Ucayali" S.A., se otorgo la Buena Pro a la empresa MORDAZA MORDAZA, Contadores Publicos Asociados, S.C.; De conformidad con los Articulos 115º y 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Encomendar a partir del 27 de MORDAZA de 1998, fecha de la firma del contrato de Locacion de Servicios, a la empresa MORDAZA MORDAZA, Contadores Publicos Asociados, S.C., para que lleve a cabo en nombre y representacion de la Superintendencia el MORDAZA de liquidacion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Ucayali" S.A. en Liquidacion, quien con las atribuciones contenidas en la Resolucion SBS Nº 202-97, y su modificatoria, la Resolucion SBS Nº 883-97, y las facultades de poder general y especial contenidas en los Articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil, asumira la representacion y administracion de la mencionada entidad en liquidacion, sin que sea necesario de Poder por Escritura Publica ni por Acta ante el Juez u otra autoridad. Articulo Segundo.- Dar por concluida la designacion de los senores MORDAZA MORDAZA Raygada y MORDAZA MORDAZA Luglio, representantes de esta Superintendencia en la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Ucayali" S.A. en Liquidacion, en la fecha en que se efectue la transferencia del cargo encomendado. Asimismo, en esa misma fecha se deja sin efecto el Articulo MORDAZA de la Resolucion SBS Nº 366-98, consecuentemente se revoca los poderes otorgados a dichas personas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 8396

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan viaje de funcionarios de la institucion al Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 088-98-CG MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1998