Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2020 (02/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 02/09/2020 19:26:58

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes

"AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD"

NORMAS LEGALES
Año XXXVII - Nº 15617
MIÉRCOLES 2 DE SETIEMBRE DE 2020

1

EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
SALUD R.M. Nº 686-2020/MINSA.- Aprueban Norma Técnica de Salud para la investigación y desarrollo de vacunas contra enfermedades infecciosas 1 R.M. Nº 687-2020/MINSA.- Aprueban el Documento Técnico: Lineamientos de validación de procedimientos diagnósticos del SARS-CoV-2 2 R.M. Nº 688-2020/MINSA.- Aprueban la Directiva Administrativa que establece el tratamiento de los datos personales relacionados con la salud o datos personales en salud 4

ORGANISMOS AUTONOMOS
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES R.J. Nº 000191-2020-JN/ONPE.- Designan Secretario General de la ONPE 5 R.J. Nº 000193-2020-JN/ONPE.- Designan Gerente de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral de la ONPE 7 R.J. Nº 000194-2020-JN/ONPE.- Designan Asesor II de la Jefatura Nacional de la ONPE 7 entrenamiento de recursos humanos para el cuidado de la salud; Que, los numerales 1 y 9 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas; y la investigación y tecnologías en salud; Que, mediante el artículo 4 del citado Decreto Legislativo, se dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modificado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud; Que, el literal a) del numeral 136.1 del artículo 136 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, señala que el Instituto Nacional de Salud es un Organismo Público Adscrito al Ministerio de Salud;

PODER EJECUTIVO

SALUD
Aprueban Norma Técnica de Salud para la investigación y desarrollo de vacunas contra enfermedades infecciosas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 686-2020/MINSA Lima, 1 de setiembre de 2020 Visto, el Expediente N° 20-060048-001, que contienen el Oficio N° 1313-2020-JEF-OPE/INS y el Informe N° 1441-2020-OEI-OGITT/INS del Instituto Nacional de Salud; y, el Informe N° 909-2020-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La protección de la salud es de interés público, por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, asimismo, el numeral XV del Título Preliminar de la Ley antes mencionada, establece que el Estado promueve la investigación científica y tecnológica en el campo de la salud, así como la formación, capacitación y