Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2020 (30/05/2020)


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Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 30/05/2020 18:48:08

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes

"AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD"

NORMAS LEGALES
Año XXXVII - Nº 15453
SÁBADO 30 DE MAYO DE 2020

1

EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
EDUCACION R.VM. N° 099-2020-MINEDU.- Regulan el ingreso de manera excepcional del personal docente y administrativo a sus instituciones educativas de gestión privada de educación básica que brindan servicios educativos no presenciales durante el año escolar 2020 1 PRODUCE R.M. N° 168-2020-PRODUCE.- Suspenden las actividades extractivas del recurso caballa efectuadas por embarcaciones artesanales 3 Que, de acuerdo a los literales b) y d) del artículo 5 del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, son atribuciones del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, deporte y recreación; y orientar el desarrollo del sistema educativo nacional, en concordancia con lo establecido por la ley, y establecer las coordinaciones que al efecto pudieran ser convenientes y necesarias; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal a) del artículo 80 de la referida Ley, establece que es función del Ministerio de Educación, definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional, y establecer políticas específicas de equidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19; y se dictan medidas de prevención y control para evitar su propagación. Específicamente, en el numeral 2.1.2 del artículo 2, se establece que el Ministerio de Educación, en su calidad de ente rector, dicta las medidas que correspondan para que las entidades públicas y privadas encargadas de brindar el servicio educativo, en todos sus niveles posterguen o suspendan sus actividades; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las

PODER EJECUTIVO

EDUCACION
Regulan el ingreso de manera excepcional del personal docente y administrativo a sus instituciones educativas de gestión privada de educación básica que brindan servicios educativos no presenciales durante el año escolar 2020
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 099-2020-MINEDU Lima, 30 de mayo de 2020 VISTOS, el Expediente N° 0073553-2020, los informes contenidos en el referido expediente, el Informe N° 00582-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos;