Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 246

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

que está conformado por el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Gobernador Regional como órgano ejecutivo y el Consejo de Coordinación Regional como órgano consultivo y de coordinación del Gobierno Regional; Que, conforme lo dispone el literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, que indica las atribuciones del Consejo Regional de Junín, como órgano normativo es: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; asimismo el Artículo 38º del mismo cuerpo de ley, indica que "Las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, el Artículo 34º del Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, estipula que el Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Sectoriales de los Gobiernos Regionales, se aprueban con Ordenanza Regional; Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 1402012-GRJ/CR, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de la Producción, que consta de seis (06) Títulos, nueve (09) Capítulos, treinta y siete (37) Artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias; Que, las modificaciones realizadas al Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de la Producción Junín, citada en el párrafo anterior, se realizan en mérito al Artículo 4º de la Ley Nº 29632, Ley para erradicar la elaboración y comercialización de bebidas alcohólicas informales, adulteradas o no aptas para el consumo humano, dispone que son "Competencia del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Salud y de las Direcciones Regionales de Producción de la, que dispone que las Direcciones Regionales de la producción implementaran mecanismos de control y fiscalización de las actividades que tienen como insumo el alcohol etílico, así como de imponer las sanciones respectivas de acuerdo a su competencia. Concordante con su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-PRODUCE; Que, el Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 1126, Ley que establece las medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas, el que indica que le "Corresponde a la SUNAT implementar, desarrollar y mantener el Registro, así como ejercer el control y fiscalización de los Bienes Fiscalizados, para lo cual ejercerá todas las facultades que le otorgan el presente Decreto Legislativo y demás normas vinculadas. (...). Concordante con su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 044-2013-EF y sus modificatorias; Que, según el Artículo 19º del Decreto Legislativo Nº 1195, Ley General de Acuicultura, la cual modifica la denominación de las categorías productivas de acuicultura de subsistencia y de acuicultura de menor escala, a Acuicultura de Recursos Limitados (AREL) y Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE), respectivamente, que son competencia de las Direcciones Regionales de Producción, concordante con el Artículo 10º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2016-PRODUCE; Que, asimismo se ha creado la Oficina de Asesoría Jurídica, en merito a lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 22º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que dispone "Si se establece, por la naturaleza de las funciones a desarrollar, la necesidad de independizar ciertos servicios o tareas", considerando que a la fecha las diferentes unidades orgánicas que componen la Dirección Regional de la Producción Junín, deben emitir actos administrativos, como resultado del cumplimiento de sus funciones; así mismo proponer y visar documentos de gestión y de planificación de su competencia, las cuales deberían ser revisados y visados por profesional competente, para garantizar la seguridad jurídica de dichos actos y proyectos, función que sería cumplida por el asesor legal, y cautelar así los intereses de la institución; Que, mediante Informe N° 028-2016-GRJ/GGR;

suscrita por el Gerente General Regional, sobre aprobación de la modificación del ROF de la Dirección Regional de la Producción, emite conclusión: PROCEDENTE la aprobación de la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de la Producción, el cual se enmarca dentro de los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM y Ley N° 27658 ­ Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado; Que, mediante Informe Legal N° 1120-2016-GRJ/ ORAJ, suscrito por el Director Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Junín, emitiendo conclusiones PROCEDENTE la aprobación del Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, de la Dirección Regional de la Producción Junín, que ha sido elaborado de acuerdo a los parámetros dispuestos en el Decreto Supremo N° 043-2006-PC, que "Aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administración Pública"; Que, mediante Informe Técnico N° 035-2016-GRJGGR/ORDITI, suscrito por el Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información del Gobierno Regional Junín, emitiendo sugerencias: Procedente la aprobación del Proyecto de Modificación del Reglamento y Organización y Funciones ­ ROF de la Dirección Regional de la Producción; Que, Informe Técnico N° 003-2016-GRJ/ORDITI/ CHA, remitido por la Lic. Celinda Huamán Arana, sobre el Proyecto de modificación del ROF de a DIREPRO Junín, emitiendo conclusiones: que el Proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ROF de la Dirección Regional de la Producción, remitido con el documento de la referencia debe ser modificado, debiendo mantenerse la estructura Orgánica propuesta en el Reglamento de Organización y funciones, remitido con el Reporte N° 041-2016-GRJ-DRP/OPP, de fecha 11 de marzo de 2016. Invocando además, que la modificación del ROF debe realizarse bajo los lineamientos y disposiciones establecidos en el Decreto Supremo N° 043-2006-PC y Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que, contando con el Dictamen Nº 24-2016-GRJ-CR/ CPPPATyDI, que contiene la opinión FAVORABLE de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, y de conformidad con las atribuciones conferidas con los Artículos. 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y el Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN JUNÍN Artículo primero.- APRUÉBESE, la MODIFICACIÓN de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, de la Dirección Regional de la Producción Junín, que consta de siete (07) Títulos, once (11) Capítulos, cuarenta (40) Artículos, cuatro (04) Disposiciones Complementarias, una (01) Disposición Transitoria, y el Anexo Nº 01, que se anexa y forma parte de la presente norma regional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE, la Ordenanza Regional Nº 140-2012-GRJ/CR, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de la Producción Junín, y toda norma que se oponga a la presente Norma Regional. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, a los 06 días del mes de diciembre de 2016. ELMER PABLO ORIHUELA SOSA Consejero Delegado